logo gov.co
Alcaldía de Sincelejo / Nuestra Alcaldía / Sala de Prensa / VENTA DE BEBIDAS EMBRIAGANTES: PLAN PILOTO COMENZARÁ CON 36 ESTABLECIMIENTOS

VENTA DE BEBIDAS EMBRIAGANTES: PLAN PILOTO COMENZARÁ CON 36 ESTABLECIMIENTOS

Debido a la respuesta favorable por parte del Ministerio del Interior, que autorizó la implementación de planes piloto para el consumo de bebidas embriagantes en los restaurantes y bares, se han habilitado inicialmente 36 establecimientos comerciales para reapertura.

De acuerdo a la variación epidemiológica que vaya teniendo el municipio con relación a la covid-19, se habilitarán paulatinamente más negocios de este tipo de actividades, los cuales deben cumplir con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, y las demás normas dictadas por el Gobierno Nacional.

La apertura de estos locales está condicionada a unas normas como la de tener un aforo de máximo el 30% de la capacidad del lugar, sin sobrepasar las 50 personas; es obligatorio el distanciamiento y el uso del tapabocas, mientras no se consume la comida o bebida.

La violación e inobservancia de los protocolos de bioseguridad acarrearán medidas sancionatorias y penales.

La Oficina de Desarrollo Económico informó que para la activación de su actividad económica, de acuerdo al Decreto 1168 del 2020  y en el marco de la emergencia sanitaria por la covid-19, puede inscribirse mediante el correo electrónico: sincelejoconsulta@sincelejo.gov.co

 

Requisitos:

1. Anexar matrícula mercantil de Cámara de Comercio, tarjeta profesional y/o RUT vigente, según aplique.

2. Anexar PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD con evidencias fotográficas, adaptado a las resoluciones dispuestas en la página web del ministerio de salud, de acuerdo a su tipo de actividad:

a) Actividades de servicios de comida y bebidas (no embriagantes), para el servicio presencial al público: resoluciones 666, 735, 749 y 1050.

b) Sector religioso: resoluciones 666 y 1120

c) Casinos y bingos: resoluciones 666 y 1359.

d)           Centros de entrenamiento y acondicionamiento físico: resoluciones 666 y 1313

e)           Salas de cine y teatros: resoluciones 666 y 1408.

f)            Actividades de la industria hotelera: resoluciones 666 y 1285.

g)            Parques de diversión, jardines botánicos y reservas naturales: resoluciones 666 y 1421.

 

3. Diligenciar el formato excel con la lista de empleados, que puede descargar en la página web de la Alcaldía de Sincelejo.

La respuesta se efectuará dentro de un periodo de 72 horas.

La violación e inobservancia de las medidas de bioseguridad, acarrearán medidas sancionatorias y penales.​

Volver arriba

Imagen gestor catastral